El convenio regulador es el documento en el que un matrimonio o una pareja con hijo, recogen las consecuencias personales y patrimoniales (económicas) de una separación o divorcio. Lo más recomendable es que su contenido se pacte de mutuo acuerdo y una vez ratificado en el juzgado y aprobado mediante sentencia judicial, es de obligado cumplimiento.
Antes que nada te recomendamos que contrate a un abogado experto en convenio regulador en Las Palmas de Gran Canaria (llámanos), para que te o les asesore sobre las circunstancias tanto económicas como personales que hay que recoger en dicho convenio, porque una ves elaborado, ratificado en el juzgado y aprobado en sentencia judicial, es de obligado cumplimiento, por eso recalcamos que contrates a un abogado Experto en convenio regulador (derecho de Familia).
Dicho lo anterior vamos a intentar explicar lo que es un Convenio regulador. El convenio regulador es el documento en el que un matrimonio o una pareja con hijo recogen las consecuencias personales y patrimoniales (económicas) de una separación o divorcio. Lo más recomendable es que su contenido se pacte de mutuo acuerdo y como se dice anteriormente, una vez ratificado en el juzgado y aprobado mediante sentencia judicial, es de obligado cumplimiento.
Sobre todo, por resultar obligatorio, el contenido del convenio regulador es muy importante.
El convenio regulador fija importantes derechos y obligaciones, por eso debería redactarse con la asistencia de un abogado experto en divorcio, como los integrantes de CabreraVega&Asociados.
El convenio regulador debe ser aprobado por un Juez o por un Notario (en caso de divorcio exprés). De modo que está sometido a cierto control, que trata de proteger:
• Los derechos de ambos cónyuges. Así, a falta de acuerdo el Juez no aceptará un convenio que perjudique a una de las partes.
• El interés y derechos de los menores. En caso de que el matrimonio tenga hijos comunes, es obligatorio la intervención del Ministerio Fiscal en su separación. El fiscal interviene para proteger el interés de los menores, que debe prevalecer al de sus progenitores.
El Artículo 90 del Código Civil dispone el contenido mínimo de cualquier convenio regulador, que incluye:
Indiscutiblemente, el convenio regulador es un documento muy importante. Por ello, aunque para su redacción no sea necesaria la intervención de un abogado, su intervención es indispensable.
Se debe tener en cuenta que las pensiones, en particular la de alimentos de los menores, están sometidas a un estricto control jurídico. Su modificación y extinción requiere la intervención judicial. De modo que un pacto desfavorable para los menores puede ser rechazado por el Ministerio Fiscal y no se aprobará por el Juez.
Nuestro Código Civil, le otorga a las partes cierta autonomía para su redacción. Por lo que en principio, es suficiente con que los interesados (pareja o cónyuges) estén de acuerdo en los puntos redactados en el convenio.
El encargado de aprobar el convenio regulador y darle el sentido obligatorio al mismo es un Juez o un Notario.
No obstante, con el fin de evitar abusos y desequilibrio económico entre las partes, en algunas situaciones estas autoridades pueden denegar la aprobación del convenio.
En el caso de que se haya recurrido a un Notario (divorcio express) para realizar el convenio regulador (en el caso de tener hijos menores, el convenio regulador no se puede realizar mediante Notario) hay que tener cuidado con los abusos. Ya que, una vez el Notario no apruebe el convenio, a los cónyuges no les quedará más remedio que acudir a la vía judicial.
Y, como se ha indicado, cuando existan hijos menores no solo no se podrá acudir al procedimiento del divorcio exprés, sino que además deberá intervenir el Ministerio Fiscal en el procedimiento.
A falta de acuerdo, será el Juez quien determine las consecuencias de la separación o divorcio. Para ello oirá a las partes, incluidos a los hijos mayores de 12 años si estima que tienen juicio para ser oídos (STS n.º 413/2014).
La solución judicial siempre es la más insatisfactoria, ya que al menos una de las partes verá desatendidos sus intereses. Por eso es imprescindible la asistencia de un letrado durante las negociaciones. En caso de que estas sean tensas se puede solicitar la intervención de un mediador familiar.
Sin embargo, en muchas ocasiones los resentimientos matrimoniales impiden negociar racionalmente.
También puede ocurrir que una de las partes ostente una posición más favorable. Por ejemplo, es el caso en que uno de los progenitores tiene altos ingresos mientras que el otro abandonó su vida laboral para dedicarse al cuidado de los hijos. En estos casos resulta prácticamente inevitable terminar en el juzgado.
Mediante la asistencia de abogado y procurador se defenderán los intereses del cliente en el proceso de separación o divorcio. Llegado este punto, las consecuencias de la crisis matrimonial se determinarán mediante sentencia de separación o divorcio y no mediante convenio regulador.
Seremos su mejor aliado y lucharemos por sus intereses hasta el final.
No es broma, nuestro objetivo es solucionar su problema en la mayor brevedad posible ahorrándole tiempo y dinero.
Trataremos sus problemas como si fueran nuestros.
En la medida en que el convenio regulador resulta obligatorio, ambos progenitores deben respetarlo. Si se dan incumplimientos por parte de uno de ellos, el otro podrá acudir a la jurisdicción civil para ejecutar (Hacer cumplir) el convenio.
Las consecuencias de este tipo de litigios pueden ser variadas:
Si estas pensando en divorciarte o separarte de tu pareja y realizar un convenio regulador en Las Palmas de Gran Canaria, no dudes en ponerte en contacto con CabreraVega&asociados en los teléfonos 616955645/928987808 y estaremos encantado en asesorarte.